Salud

Sanidad recurre el decreto del Gobierno de La Rioja que desarrolla la Ley de Prevención del Tabaquismo

El decreto autonómico incumple varios apartados de la ley estatal en aspectos como la compartimentación de las zonas de fumadores o la posibilidad de fumar en centros de trabajo o en celebraciones privadas en locales de restauración.

También se vulnera la normativa básica en la forma de determinar las dimensiones de los locales, en las advertencias sanitarias que deben figurar en las máquinas expendedoras y en la forma de considerar la aplicación de las sanciones por los incumplimientos a la ley. La Ley de Prevención del Tabaquismo introduce en la regulación de las restricciones al consumo de tabaco en los lugares de ocio y restauración una flexibilidad y gradualidad suficientes que, en modo alguno, pueden excederse por las normas autonómicas, como ha ocurrido con el decreto de La Rioja.

El Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Abogacía del Estado, ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 54/2006, de 15 de septiembre, aprobado por el Gobierno de La Rioja que desarrolla en esa Comunidad Autónoma la Ley de Prevención del Tabaquismo.

División de los espacios

Uno de los incumplimientos del decreto riojano se refiere a la compartimentación de los espacios reservados para fumadores en los locales de más de 100 metros cuadrados. La Ley dice que en estos locales se podrán habilitar espacios para fumadores, físicamente separados y completamente compartimentados para evitar que el humo del tabaco pase a la zona de no fumadores. El decreto, sin embargo, no respeta estos aspectos, puesto que permite que no se haga dicha compartimentación.

Protección de la salud

En este sentido, la norma riojana supone una merma en la protección de la salud de los ciudadanos de esa Comunidad Autónoma, que no verán garantizado su derecho a no respirar aire contaminado por el humo del tabaco en los bares y restaurantes de más de 100 metros cuadrados. La propuesta de instalar aparatos extractores de humo en las zonas de fumadores no supone en absoluto una solución efectiva, tal como ha reconocido la propia Organización Mundial de la Salud, puesto que estos extractores podrían llegar a eliminar los malos olores que produce el tabaco pero no evitan que los vapores tóxicos y cancerígenos del humo del tabaco lleguen también a la zona de no fumadores.




Lo más destacado

Protección. La norma riojana supone una merma en la protección de la salud de los ciudadanos de esa Comunidad Autónoma.

División. Uno de los incumplimientos del decreto riojano se refiere a la compartimentación de los espacios reservados para fumadores en los locales de más de 100 metros cuadrados.



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 Dr. Cormenzana
Dr. Armando Segurado Cirugía Estética de  Policlínica
Gipuzkoa.
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